Título de elcomercio.pe - 07/07/2025 02:30:25

Imagen

Los próximos 3 feriados que tiene julio 2025, según el calendario …

Inicio julio 2025 y, con ello, uno de los meses más importantes del calendario peruano, marcado por festividades cívicas que serán consideradas feriados tanto para el sector público como para el privado. Estas fechas festivas permitirán que miles de personas se desconecten del trabajo o las clases, llevando a cabo diversas actividades, como salir a conocer atractivos lugares turísticos, asistir a los circos, o, simplemente, quedándose en casa junto a sus seres queridos. Sin embargo, hay otro grupo de peruanos que sí trabajará durante estos días, por lo que, según el artículo 6 del Decreto Legislativo N.º 713, Ley de Descansos Remunerados, les corresponde una serie de beneficios. En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto. Tras la llegada de un nuevo mes, miles de peruanos no solo disfrutarán de las vacaciones o la presencia de circos, sino también de tres esperados feriados nacionales. Según el calendario nacional, el primer descanso del mes será el próximo 23 de julio por el Día de las Fuerzas Aéreas del Perú, en la que se conmemora el heroico sacrificio del capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales durante la lucha con Ecuador en el año 1941, así como se destaca la importancia de esta institución en la seguridad y defensa del país. Eso no es todo, los otros dos días inhábiles se dará el próximo 28 y 29 de julio por la celebración de la declaración de la Independencia del Perú, liderado por el general José de San Martín en el año 1821 y el Desfile Cívico Militar. De esta manera, estas fechas representan una gran oportunidad para la población, quienes podrán disfrutar en familia y desarrollar diferentes actividades alusivas a las festividades cívicas. Por consiguiente, vale precisar que estos feriados no van acompañados de días no laborables, por lo que no habrá fines de semana largo o feriados largos en el país. Por último, el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 713, Ley de Descansos Remunerados señala que entre los derechos laborales de los empleados está el descanso obligatorio sin que perjudique sus honorarios. Sin embargo, en caso de que una persona trabaje durante este día podrá recibir una serie de beneficios, a menos que se le otorgue una jornada sustituta de descanso. Es decir, cuando un empleado presta servicios, incluido domingos, en un feriado obligatorio, este tiene derecho a recibir una triple remuneración, como un sueldo habitual por el día feriado, el pago por la jornada laborada y una bonificación extra por trabajar en día festivo.

Ver noticia completa

Este sitio utiliza cookies para mejorar tu experiencia. Más información